lunes, 3 de octubre de 2011

Paquillo, ante la regla de la discordia


El Tribunal de Arbitraje Deportivo decidirá este jueves si da o no validez a la ‘regla Osaka’, la que en la actualidad no permite a Paquillo Fernández participar en los próximos Juegos de Londres. El atleta granadino, que sin embargo ya puede competir en pruebas de nivel nacional e internacional, como sucedió en los pasados Mundiales de Daegu (Corea del Sur) tras haber cumplido su sanción por posesión de sustancias dopantes, no arroja la toalla de poder cumplir su objetivo de participar en una nueva Olimpiada. Se enfrenta, por tanto, a un nuevo reto, éste fuera de las pistas.
La ‘regla Osaka’, que prohíbe participar en los siguientes Juegos Olímpicos a los deportistas sancionados al menos seis meses por dopaje, aunque hayan cumplido el castigo, es la manzana de la discordia. Los organismos y deportistas contrarios a la norma entienden que cumplir una sanción por dopaje y luego ser vetados para participar en los Juegos supone un doble castigo por un único “delito”.
El TAS celebró el pasado agosto una audiencia con las dos partes que han solicitado su arbitraje en este litigio: el Comité Olímpico Internacional (COI) que dictó la regla que entró en vigor en 2008 (Regla 45 de la Carta Olímpica) y el Comité Olímpico de Estados Unidos (USOC). Y habilitó un plazo para que estos dos organismos apoyaran sus posicionamientos con las opiniones de terceras partes, a favor y en contra de esta norma. El Comité Olímpico Internacional (COI), sin embargo, no la considera una sanción en sí -no se puede castigar dos veces por la misma falta-, sino una condición que el propio comité impone para competir en los Juegos.
Paquillo fue sancionado durante dos años, castigo que luego se redujo a uno tras colaborar con la investigación en la ‘operación Grial’, y el pasado febrero pudo regresar a las competiciones nacionales e internacionales. Sin embargo el atleta accitano nunca ha dado positivo en un control antidopaje ni desposeído de ninguno de los títulos y medallas conseguidas. No es el caso de LaShawn Merrit, actual campeón Olímpico y subcampeón mundial de 400 metros lisos, que fue sancionado con 21 meses por dopaje. El estadounidense dio positivo por DHEA y pregnenolona, dos sustancias que se encuentran claramente en la de prohibidas de la Agencia Mundial Antidopaje y que, según reconoció el velocista norteamericano, formaban parte de un fármaco que consumió para “alargar” su pene.
El TAS celebró el pasado agosto una audiencia con las dos partes que han solicitado su arbitraje en este litigio, el Comité Olímpico Internacional (COI), que dictó la regla que entró en vigor en 2008 (Regla 45 de la Carta Olímpica), y el Comité Olímpico de Estados Unidos (USOC). Y habilitó un plazo para que estos dos organismos apoyaran sus posicionamientos con las opiniones de terceras partes, a favor y en contra de esta norma. Los dos atletas, Paquillo y Merrit, esperan la decisión de este tribunal, que sentenciará de manera definitiva este jueves, 6 de octubre, si pueden o no participar en Londres. Uno se dopó claramente como demostraron los test y otro no, pero las sustancias prohibidas estaban en su casa. Son casos diferentes, aunque el dopaje está por medio. ¿Ha sido tramposo Paquillo si nunca ha dado positivo? ¿Jugó con fuego y se quemó antes de que la llama penetrara en su cuerpo? ¿Debe o no participar en Londres si ya ha podido hacerlo en los Mundiales de Daegu? ¿Hay que modificar la ‘regla Osaka’? Foro abierto hasta la decisión final del jueves.

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